RESUMEN
Tras la victoria del Frente Popular en febrero de 1936, la Iglesia debió asumir el fracaso de su intento de reformar la Constitución española y aquellas leyes que le resultaban más perjudiciales. Se materializaron entonces nuevos retos y peligros que amenazaban su posición. Nuestro análisis pretende abarcar el modo en que la Santa Sede trató de posicionar a la Iglesia en la España de aquella nueva etapa. Para ello hemos usado las fuentes archivísticas vaticanas y el fondo de la Embajada española ante la Santa Sede con el propósito de estudiar detenidamente los meses que mediaron entre las elecciones de febrero y el golpe militar de julio de 1936. Su análisis nos ha revelado una posición lo suficientemente ponderada del Gobierno central de la Iglesia respecto de las grandes cuestiones que se planteaban en el país en aquellos meses que contrasta con algunas interpretaciones tradicionales. Junto a las protestas por los ataques sufridos y los deseos de modificación de las normas que le resultaban más hostiles, la Santa Sede intentó acercar posturas en materia social con los elementos más moderados de la izquierda rehusando de la actitud de la CEDA en este aspecto. La defensa de sus intereses también la hizo apelar a los derechos que le reconocía la legislación, en un primer gesto de adaptación a los procedimientos democráticos.
Palabras clave: Iglesia; Frente Popular; Segunda República; Santa Sede; España.
ABSTRACT
After the victory of the Popular Front in February 1936, the Church needed to accept its failure to get the Spanish Constitution and all harmful laws amended. A new threatening period of time full of risk had risen. This paper analyzes how the Holy See managed the position of the Church in Spain during that period. The study of the diplomatic documents between Spain and the Holy See revealed a balanced position of the central government of the Church about the main issues debated in Spain, which may differ from some traditional beliefs. Beside protesting the attacks received and claiming the amendment of those hostile laws, the Holy See wanted to get closer to the moderate left in social politics, rejecting the CEDA position in this sense. In search of guarding its interest, the Church was claiming their legitimate rights and this would be an evidence of its adaptation to the democratic procedures.
Keywords: Church; Popular Front; Second Republic; Holy See; Spain.
El relato histórico de la cuestión religiosa durante la Segunda República ha encontrado tradicionalmente un punto de quiebra a partir de las elecciones de febrero de 1936. A partir de entonces, la reactivación de las medidas anticlericales y —especialmente— la violencia política que afectó en gran medida a la Iglesia han capitalizado la imagen global del periodo. Sin embargo, la investigación de las relaciones entre España y la Santa Sede durante los últimos meses de normalidad constitucional de la Segunda República, entre febrero y julio de 1936, revela distintos aspectos que pueden enriquecer esta visión clásica. De hecho, muy recientemente González Gullón y Martínez Sánchez han puesto de relieve que «apenas hay trabajos sobre la conducta del estamento eclesiástico en aquellos meses decisivos»[2].
Este artículo pretende ser una aportación en este sentido. Para ello partimos de los meses precedentes, en los que la Santa Sede comenzó a ver cada vez más improbable su pretensión de que la Constitución pudiese ser modificada y de que los católicos españoles consiguieran posponer sus querellas políticas para aglutinar una mayoría social que los llevara al Gobierno. De esta forma, el resultado de las elecciones de febrero de 1936 certificó el fin de la estrategia reformista pretendida por la Santa Sede y la condujo a un nuevo marco de relaciones con la España del Frente Popular asumiendo la imposibilidad de modificar su situación legal.
La documentación vaticana disponible para consulta y los fondos documentales de la Embajada de España ante la Santa Sede permiten reconstruir con detalle la relación que desde el Gobierno romano de los católicos se intentó mantener con España desde entonces. La conciencia de la necesidad de una política social reformadora, el afán de sustitución o mitigación de las leyes más duras contra la Iglesia y la capacidad de esta para adecuarse a los resortes legales que podían proteger sus intereses fueron cuestiones abordadas durante el periodo junto al temor de una evolución hacia el comunismo. De su estudio puede extraerse una imagen más ponderada sobre el papel del Gobierno central de la Iglesia respecto de la España de los años treinta que, además, permite completar nuestros conocimientos sobre la cuestión religiosa a lo largo del periodo republicano.
La entrada de la CEDA en el Gobierno en octubre de 1934, más allá de la magnitud de
la insurrección con que las izquierdas revolucionarias reaccionaron a la participación
de los posibilistas en el Ejecutivo, supuso la puesta en práctica de un proyecto político
en el que habían convergido muy distintos acentos y que debió entonces concretarse
en la acción de gobierno. La Santa Sede había insistido desde tiempo atrás en la urgencia
con que los católicos españoles debían dedicarse a una acción social más amplia Macarro Vera ( Macarro Vera, J. M. (2000). Socialismo, República y revolución en Andalucía (1931-1936). Sevilla: Secretariado de Publicaciones de la Universidad de Sevilla.
Álvarez Rey, L. (2005). La relación entre Giménez Fernández y Gil Robles y la división
de la democracia cristiana durante el franquismo. En J. M. Castells, J. Hurtado y
J. M. Margenat (eds.). De la dictadura a la democracia (pp. 205-221). Sevilla: Desclée de Brouwer.
Álvarez Tardío, M. (2016). Gil-Robles, un conservador en la República. Madrid: Gota a Gota; Fundación FAES.
La lectura que de ello hicieron en la Santa Sede fue transmitida a España por el embajador
Pita Romero. El 9 de julio de 1935, a partir de un artículo publicado en L’Avvenire d’Italia, diario de la Acción Católica Italiana, Pita informó al Gobierno de lo que consideraba
una advertencia de la Santa Sede en toda regla sobre la «necesidad de que los partidos
católicos hicieran política en favor de una distribución más equitativa de la riqueza».
El embajador entendía que en aquel momento el diario era la voz que el Vaticano no
tenía la libertad de levantar desde L’Osservatore romano, y añadió en el telegrama que informaba de la remisión del texto: «Combate actitud
conservadora católicos apegados particulares intereses y elógiase actitud Jimenez
Fernández advirtiendo peligro que por desilusión masas ante desatención estos problemas
o realización política defensora privilegios apoyen partidos izquierda próximas elecciones.
Afirma que problema principal España es social y por incapacidad resolverlo cayó monarquía» Telegrama núm. 64 enviado por el embajador ante la Santa Sede, Leandro Pita Romero,
al Ministerio de Estado el 9 de julio de 1935. Archivo de la Embajada de España ante
la Santa Sede (en adelante AEESS), serie 1901-1948, legajo 56. El telegrama se refiere
al artículo «Le Destre spagnole e la giustizia sociale» publicado por el diario L’Avvenire d’Italia ese mismo día.
La Santa Sede insistía en la necesidad de recuperar a las masas de obreros que habían optado por las promesas revolucionarias en lugar de las soluciones cristianas; y en el peligro que estas se mostrasen ineficaces o —peor aún— inexistentes. Por ello apelaba a la orientación socialcristiana que en origen se había proyectado sobre Acción Popular, con el propósito de que esta no dejara de ser fiel a su programa de cumplimiento de la doctrina social de las encíclicas pontificias. Sin embargo, esta orientación moral de la política se enfrentaba a los límites que la propia dimensión práctica de las cosas imponía y que en este caso pasaba por la pérdida de apoyos cuando no por el enfrentamiento abierto en las propias filas de la CEDA.
Si la actitud de los católicos respecto de la cuestión social era una preocupación
de largo recorrido en la actitud vaticana de entreguerras, la revisión constitucional
era el principal objetivo para acomodar a la Iglesia en una República de la que había
dispuesto acatamiento, pero cuyas leyes en materia religiosa le habían resultado muy
perjudiciales. De hecho, la Santa Sede había interrumpido en marzo de 1935 la negociación
de un modus vivendi que no quería inscribir en el marco de una norma fundamental que no podía entonces
modificarse ni había garantía cierta de que se hiciese en el futuro Redondo Torres ( Redondo Torres, G. (1993). Historia de la Iglesia en España 1931-1939. Madrid: Rialp.
Batllori, M. y Arbeloa, V. M. (1990). Arxiu Vidal y Barraquer. Església i estat durant la Segona República Espanyola, 1936-1936
(vol. 4, parte 3). Barcelona: Monestir de Monstserrat.
En el mes de julio de 1935 el presidente del Gobierno, Lerroux, leyó en Cortes un primer proyecto que afectaba a cuarenta artículos. Gil Robles apoyó aquel principio de acuerdo que afectaba al art. 26, pero manteniendo la aconfesionalidad prevista en el art. 3, y eliminaba el veto a que los religiosos pudiesen ejercer la enseñanza. Sin embargo, la modificación no era viable hasta que en diciembre pudiese tramitarse con la mayoría absoluta de la Cámara en lugar de la mayoría reforzada vigente todavía en julio. Por otro lado, la modificación de la Carta Magna conllevaría inevitablemente la disolución de las Cortes y la convocatoria de nuevas elecciones, por lo que parecía más lógico a la mayoría cedista aplazar la reforma hasta el final de la legislatura, máxime si el desarrollo de esta podía posibilitar el encargo del Gobierno al propio Gil Robles.
La modificación constitucional, sin embargo, estaba llamada a enfrentar a la CEDA
con parte de su electorado en función de la profundidad con la que se procediera.
Si se producía solo en aquellos extremos en que afectaba a los derechos de la Iglesia,
pero sin discutir la cuestión de régimen, los monárquicos acusarían a los posibilistas
de consolidar la República y tratarían de atraerse a los más afines a su causa de
cuantos se integraban en la formación de Gil Robles; y si se pretendía una reforma
integral —como así llegó a asegurar el político salmantino a comienzos de septiembre
de 1935— que afectase incluso a la cuestión de régimen, conllevaría el abandono del
posibilismo en favor de una confrontación mucho más abierta con el modelo republicano
perjudicando sus apoyos más moderados Álvarez Tardío ( Álvarez Tardío, M. (2016). Gil-Robles, un conservador en la República. Madrid: Gota a Gota; Fundación FAES.
Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.
Para el 30 de octubre de aquel mismo año, coincidiendo con la salida del Gobierno
del líder republicano radical Alejandro Lerroux —que ocupaba la cartera de Estado—
y la formación de un nuevo Ejecutivo en cuya presidencia repetía Joaquín Chapaprieta,
Pita Romero volvió a enviar a Madrid los puntos de reflexión de L’Avvenire d’Italia sobre la situación política en España. Preocupaba entonces en Roma que Unión Republicana
se creciera con los diputados que abandonaran el Partido Radical y que ello, unido
a los escándalos de corrupción de los radicales, provocase la disolución de las Cortes
y la convocatoria de elecciones. En tal circunstancia, entendían que la reforma de
la Constitución quedaría aplazada sine die y que las elecciones no serían favorables a las derechas. La preocupación por la reforma
constitucional llevaba a la Santa Sede a una llamada a los monárquicos para deponer
sus principios políticos en aras de la modificación y de una normalización republicana
que resultase más cómoda a la Iglesia. Era una apelación plena de candidez religiosa,
aunque con cierta ingenuidad política: la que suponía intentar atraer hacia la consolidación
de la República a quienes tenían por principio combatirla AEESS, despacho de 30 de octubre de 1935. Tomado de la Serie 1901-1948, legajo 56.
La crisis de los radicales y la negativa de Alcalá Zamora a llamar al Gobierno a Gil
Robles llevaron finalmente a la disolución de las Cortes y la convocatoria de elecciones.
El 15 de enero de 1936 el nuncio Tedeschini envió a la Secretaría de Estado un despacho
en el que analizaba la disolución del Parlamento y la situación a la que había llevado
aquella disposición del presidente. Advertía, en primer lugar, que «non è del tutto
vero» que las Cortes del segundo bienio no tuviesen un funcionamiento normal, tal
y como había argüido Alcalá Zamora al disolverlas. El nuncio explicaba que, a pesar
de la crisis de los de Lerroux, las Cortes podían funcionar normalmente porque existía
un partido que podía asumir el poder y reunir en torno a sí la mayoría: la CEDA. Era
lo que Tedeschini consideraba la única salida constitucional posible para aquella
situación, pero a lo que Alcalá Zamora se había opuesto por su abierta discordia con
Gil Robles. Esta oposición le había llevado a formar un gabinete sin base parlamentaria
y a disolver las Cortes aun a riesgo de que la nueva Cámara decidiese sobre su propia
destitución. El análisis de aquella peculiar situación de la República llevó a Tedeschini
a reflexionar sobre las dificultades que todo ello representaba al propio sistema
y la ventaja que podían obtener los monárquicos. El nuncio argumentó que, al igual
que en 1931 la monarquía había caído no tanto por el éxito de los republicanos sino
por los errores de los monárquicos, entonces eran los propios partidarios del nuevo
régimen los que lo estaban poniendo en peligro
Este comentario que el nuncio enviaba al cardenal secretario de Estado, Eugenio Pacelli, ponía de relieve las limitaciones para la apelación pontificia a la unidad de los católicos españoles. Por aquellos días el cardenal Gomá, que regresaba de Roma, donde le había sido impuesta la birreta cardenalicia, recordaba a los católicos el deseo de Pio XI de que postergasen sus querellas políticas para garantizar con su unidad política la salvaguarda de los principios más fundamentales. De esta unidad dependía la corrección de las medidas antirreligiosas del ordenamiento vigente, en primer término, y la evitación de la revolución proletaria de las izquierdas más radicales, en última instancia.
Esta enésima invitación a la unidad tuvo el mismo eco que sus predecesoras. Durante
la campaña, los monárquicos de Renovación Española liderados por Calvo Sotelo fueron
muy duros contra Gil Robles y ejemplificaron en la disolución de las Cortes el fracaso
de la estrategia cedista. La presentaron como víctima de la ilusión de corregir una
República que ellos creían en sí misma un mal a evitar. Acusaron, además, al líder
posibilista de falta de rigor y de habilidad política para solucionar los males del
país. Y frente a las llamadas de los obispos a la unidad, Calvo Sotelo recordó que
ellos eran «sinceramente católicos» y que no podía consentirse que ningún partido
monopolizara el catolicismo. «La jerarquía eclesiástica —dijo— no puede convertirse
en una oficina electoral». Para ellos, la aspiración era la modificación del propio
modelo del Estado
El informe del nuncio de 15 de enero de 1936 terminaba con una lectura muy concreta
de la trascendencia de la elección convocada para el 16 de febrero. Si la victoria
era de las derechas, Tedeschini consideraba que se procedería no ya a la reforma de
la Constitución, sino a la elaboración de una nueva. Por el contrario, si ganaban
las izquierdas, el resultado sería la revolución y la dictadura del proletariado Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2017). 1936: Fraude y violencia en las elecciones del Frente Popular. Barcelona: Espasa.
Las horas que mediaron entre el cierre de los colegios el día 16 de febrero y la formación
del nuevo Gobierno presidido por Manuel Azaña resultaron decisivas El martes 18 de febrero, mediante telegrama, Tedeschini dio noticia de la victoria
de las izquierdas aun a pesar de que la CEDA había conseguido mejorar su número de
escaños en el Congreso. Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.
El jueves 20 de febrero, a las pocas horas de la formación del gabinete presidido por Azaña, el miedo aumentó y el nuncio refirió cómo el obispo de Madrid, Leopoldo Eijo y Garay, había sido advertido por el dominico padre Gafo y por el cedista Cándido Casanueva del inminente incendio de conventos. La advertencia llevó al prelado a indicar a los religiosos que salieran de sus cenobios y se refugiaran en casas particulares. Sin embargo, en la capital no ocurrió nada, mientras que fue en otras zonas del país donde fueron asaltadas las iglesias. Azaña y el nuevo ministro de Estado, Augusto Barcia, adujeron que se trataba de actos provocados por alborotadores que aprovechaban el vacío de autoridad del tránsito de un Gobierno al siguiente. Frente a ello, el nuevo presidente del Ejecutivo defendió en público desde la sede del Ministerio de la Gobernación la defensa del orden, comprometiéndose a garantizarlo. El nuncio quedó a la espera de comprobar si era o no cierta aquella proclama.
El informe continuaba llamando la atención sobre la evolución de los datos de escrutinio
que se iban conociendo. Si en las primeras horas de recuento los datos otorgaban una
buena posición a las derechas a pesar de la derrota, la situación cambió en los días
siguientes. Tedeschini, que había considerado la posibilidad de que la unión de las
izquierdas se resquebrajara con la escisión de algunos de sus integrantes a lo largo
de la legislatura, dudaba de la limpieza de los resultados que se iban conociendo
hacia el 22 de febrero
Al respecto del escrutinio, parece claro que las elecciones del 16 de febrero se celebraron
con toda limpieza. Sin embargo, la «huida» del Gobierno de Portela y la rápida sustitución
de los gobernadores civiles y otras autoridades mucho antes de que se culminaran las
garantías electorales que debían tener lugar después de la votación pudo estar detrás
de esta variación de escaños que llamó la atención de Tedeschini Alcalá Zamora ( Alcalá Zamora, N. (1998). Memorias. Barcelona: Planeta.
Tedeschini continuó su análisis de la situación advirtiendo de la ausencia de los socialistas en el Gobierno y sospechando que se debía a la profundización de Largo Caballero en la aspiración de que la revolución desbordase a una República que, no obstante, prefería en manos de las izquierdas. El nuevo Gobierno había repuesto los ayuntamientos elegidos en abril de 1931 a la espera de la convocatoria de nuevas elecciones, así como sustituido los gobernadores civiles. A ello se unía la aprobación de la amnistía para los encarcelados por la revolución de octubre de 1934 —con el apoyo de la Diputación Permanente de las Cortes ya disueltas— y la aspiración a la inmediata sustitución de la enseñanza en centros religiosos en desarrollo del art. 26 de la Constitución.
Tedeschini también tuvo unas líneas para destacar el aumento del número de votos de las derechas respecto de las elecciones de noviembre de 1933. Lo atribuía a que el hundimiento de los radicales había enviado dos tercios de los votos perdidos al Frente Popular y el último a las alianzas de derecha. El nuncio terminaba su análisis aludiendo a la aprobación de la amnistía por la Diputación Permanente de las Cortes incluyendo el concurso en ello de las derechas; lo que juzgaba un gesto de «pace, di indulgenza e di benevolenza». A ello añadía las apaciguadoras palabras de Azaña y la esperanza de que las izquierdas buscaran la moderación.
El cambio de Gobierno tuvo como consecuencia la dimisión del embajador de España ante
la Santa Sede, Pita Romero. El que había sido el primer representante de la República
ante el papa, que había regresado a España para las elecciones, volvió a Roma para
cerrar todos los asuntos concernientes a su marcha y despedirse de las autoridades
vaticanas. El día 7 de marzo se entrevistó con Pacelli y también con dos de los hombres
capitales de la Secretaría de Estado del momento: el secretario de la Sagrada Congregación
de Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios, Giuseppe Pizzardo, y el sustituto de la
propia secretaría, Domenico Tardini Pizzardo era, además de secretario de Asuntos Extraordinarios, el responsable internacional
para la Acción Católica. De Domenico Tardini es significativa la alusión que hace
Raguer ( Raguer, H. (2001). La pólvora y el incienso. La Iglesia y la Guerra Civil española (1936-1939). Barcelona: Ediciones Península.
Deduje de las conversaciones con los tres citados dignatarios que creen que se entra
en un periodo de inactividad diplomática entre España y la Santa Sede, y que tienen
una actitud de expectación benévola respecto a posibles acercamientos e inteligencias
con elementos de derecha. Creo que el Vaticano se felicitaría de que en España evolucionasen
los partidos en el sentido de que la derecha fuese menos derecha y la izquierda menos
izquierda, y liberasen de las influencias intransigentes que sobre cada uno pesan Despacho núm. 77 de 7 de marzo. AEESS, despachos encuadernados, 1936.
El comentario, de un idealismo que si no tuviera en cuenta las personalidades a que
se refería parecería casi ingenuidad, situaba a la Secretaría de Estado en línea con
el propósito de Alcalá Zamora de hacer emerger un centro político que se alejara de
los extremos. Es razonable pensar que no era esta la postura, sino que la Secretaría
de Estado no dejaba de insistir en la aplicación de una serie de medidas sociales
orientadas a la satisfacción de las demandas obreras, pero desde posiciones católicas.
En tal sentido, se inclinaba a defender las medidas sociales de las izquierdas, pero
aplicando la política religiosa y moral de las derechas. Esta intención, más que con
el centro político deseado por el presidente de la República se situaba en relación
con los primeros datos del escrutinio electoral que dibujaba una victoria del Frente
Popular, pero una oposición derechista muy crecida, con unos muy buenos resultados
electorales para la CEDA. De este modo, y aspirando a que la coalición de izquierdas
pudiese resquebrajarse a lo largo de la vida de las Cortes que estaban por constituirse,
parecía deseable a los eclesiásticos que los republicanos de izquierda necesitasen
de apoyos a su derecha para mantener el poder y así pudiese llegarse a esta política
de izquierdas en lo social y de derechas en lo moral y religioso. Sin embargo, la
merma de escaños de las derechas a medida que se completaba el escrutinio y la posterior
discusión de las actas alejaron esta posibilidad que, además, gravitaba en una percepción
de Azaña como un político mucho más moderado de lo que sus preferencias en las alianzas
evidenciaban. El modo en que el informe de Pita continuaba profundizaba en esta línea,
ya que refería el «examen de conciencia» de los eclesiásticos sobre la actuación de
sus correligionarios en España a la vez que trataba de dar forma a aquel nuevo anhelo:
«Creo que la Secretaría de Estado no está satisfecha de la actuación de los partidos
católicos en el Gobierno en materia social, y que la juzgan excesivamente conservadora
y condición del triunfo electoral de las izquierdas. En la conversación con Mons.
Pizzardo advertí claramente que propugnaría todos los apoyos al Gobierno en materia
de reformas sociales, si no tomase iniciativas que perjudicasen la cuestión religiosa» Id.
Sin duda, la llamada de Azaña a la concordia en las horas siguientes a hacerse cargo
del Gobierno había calado en la Secretaría de Estado, hasta el punto de situarla en
el deseo de sostenerle en el Gobierno a cambio de determinadas contrapartidas Ángel de la Mora, encargado de negocios de la Embajada ante la Santa Sede, en su despacho
de 26 de febrero indicó que «a partir de la proclama del Excmo. Señor Presidente del
Consejo de Ministros, Don Manuel Azaña, llamando a todos los españoles a la concordia,
había mayor optimismo en los centros vaticanistas». Despacho núm. 66 de 26 de febrero.
AEESS, despachos encuadernados, 1936.
El primer contacto de Tedeschini con el nuevo ministro de Estado, Augusto Barcia,
estuvo marcado por el descubrimiento de un depósito de armas en una iglesia de Barcelona
en la tarde del 20 de febrero. Barcia se lo comunicó al nuncio por teléfono justo
después de la visita de cortesía que había efectuado a la Nunciatura en la jornada
siguiente a la formación del Gobierno. El cardenal efectuó las oportunas gestiones
para informarse de lo sucedido hasta el punto de que el sábado 22 de febrero recibió
en Madrid al obispo de Barcelona, Manuel Irurita. Este le explicó que el coronel Becerra,
de la Guardia Civil, viendo a las fuerzas que comandaba incapaces de controlar los
múltiples asaltos a las iglesias, había previsto que los párrocos designasen personas
de confianza para defenderlas. A cada uno de ellos debía entregársele un arma y una
cédula con la licencia para portarla. Todo ello —afirmó el obispo— con el oportuno
permiso del gobernador general de Cataluña, Carlos Esplá, y del propio Portela Valladares.
En el último momento, las mil quinientas cédulas que se requerían no pudieron ser
firmadas, pero ello no fue óbice para que cuando los asaltantes se presentaron en
una de las parroquias fuesen rápidamente disueltos por los voluntarios. En las informaciones
que Tedeschini dio sobre lo sucedido al ministro Barcia, lejos de lamentar la gravedad
de una situación en que la fuerza pública requería del apoyo de civiles armados para
detener los asaltos, con el consecuente peligro de que quienes recibían las armas
terminasen por convertirse en nuevos asaltantes aunque de signo opuesto Cuando Tedeschini requirió información de lo sucedido al cardenal Vidal y Barraquer,
este aludió a la fervorosa militancia tradicionalista del secretario de Cámara y Gobierno
del obispo de Barcelona.
La disuasión de los asaltantes no fue, desde luego, la tónica general de lo que ocurrió
con la Iglesia durante la primavera de 1936. Se produjo entonces una «iconoclastia
de masas» en la que se ha visto la pretensión de implantar «un nuevo estado de cosas
social, económico y político, a costa del sacrificio, casi siempre traumático, de
los antiguos modelos de institucionalización religiosa del orden societario» González Calleja ( González Calleja, E. (2014). En nombre de la autoridad. La defensa del orden público durante la Segunda República
española (1931-1936). Granada: Comares.
Ranzato, G. (2011). La grande paura del 1936. Come la Spagna precipitò nella guerra civile. Bari: Larteza.
Ibid.: 713-714 y 716.
La violencia que azotaba las calles del país tuvo su eco en las relaciones entre la
Santa Sede y el Gobierno español. Cuando el 18 de marzo de 1936 tuvo lugar la audiencia
de despedida del embajador Pita Romero ante Pío XI, el Papa transmitió un profundo
pesimismo sobre la situación mundial de aquella hora a lo largo de un encuentro que
se prolongó más de lo habitual. Esa mañana se había difundido la noticia en Italia
de que en Jumilla se había linchado a dos presos puestos en libertad, cuyas cabezas
habían sido paseadas por la población clavadas en sendas picas. El embajador quitó
peso a la información, que presentó como un acontecimiento aislado. No era ese el
criterio del papa, que veía en la situación en España una «muestra más del progreso
de la revolución en el mundo», que ilustró evocando sus recuerdos como representante
pontificio en la Polonia de la guerra contra los soviéticos. Respecto a las elecciones,
la conversación de despedida dejó ver que la intención del papa de que los católicos
españoles se uniesen en torno a la defensa de la familia, el modelo de enseñanza y
los derechos de la Iglesia, así como las orientaciones para que la Acción Católica
se abstuviera de toda política partidista, no habían cosechado gran éxito Despacho núm. 80 de Pita Romero al Ministerio de Estado, de 20 de marzo. AEESS, despachos
encuadernados, 1936.
También a finales de marzo, el día 27, y después de haber enviado al Gobierno a mitad
de mes una nota de protesta por los ataques que estaban sufriendo las iglesias en
España, Tedeschini trató sobre la grave situación en el país mediante despacho a la
Secretaría de Estado. El nuncio fue tajante en aquel informe: «Il comunismo ha fatto
veramente la sua apparizione, in forma terrorizzante». Desde la celebración de las
elecciones, los partidos extremistas y en particular socialistas y comunistas —cuyas
juventudes habían sido unificadas— habían aprovechado toda ocasión para dar rienda
suelta a sus «più brutali odii politici». La furia de los ataques no se dirigía solo
contra lo eclesiástico, sino que afectaba igualmente a los edificios y símbolos de
las derechas. Es destacable que Tedeschini insistiese en este aspecto, aun cuando
advertía que no podía dar relación de los ataques sufridos por los partidos políticos
a diferencia de lo que hacía con los habidos contra la Iglesia De la Cueva Merino ( De la Cueva Merino, J. (1998). El anticlericalismo en la Segunda República y la Guerra
Civil. En E. La Parra López y M. Suárez Cortina (eds.). El anticlericalismo español contemporáneo. Madrid: Biblioteca Nueva.
En aquel ambiente, los rumores sobre el advenimiento definitivo de la revolución se multiplicaban y cada uno proponía una fecha para el momento. En este contexto, el nuncio señalaba lo simbólico que podría resultar el momento inmediatamente siguiente a las elecciones municipales que estaban convocadas para el 12 de abril. Del mismo modo que la elección de munícipes cinco años antes había servido para la proclamación de la República, la clamorosa victoria a la que aspiraban las izquierdas en las nuevas elecciones municipales podría convertirse en la película de legitimidad necesaria para la instauración —en términos de Tedeschini— del comunismo. El informe aludía también a la huida a la frontera de muchos que temían la evolución desfavorable de la situación y situaba como remedio a aquella deriva la intervención del ejército. Finalmente, informaba de las precauciones tomadas por algunas congregaciones religiosas y algunos curas ante lo que consideraba una «persecuzione» que incluso había dejado «veri martiri».
Las elecciones municipales fueron finalmente suspendidas. El nuncio informó de ello
el 6 de abril, dando cuenta también de un discurso de Azaña en que trataba de llamar
a la calma garantizando el cumplimento del programa del Frente Popular sin que se
quitase ni añadiese nada y calificando como «patraña» tanto la creencia del advenimiento
del comunismo como de la solución militar a la que aludía sin nombrarla. Tedeschini,
sin embargo, no daba demasiada credibilidad a sus llamadas a la calma y a la confianza,
puesto que a su llegada al poder también había prometido «ordine e pace, ma non abbiamo
avuto né ordine né pace»
El 24 de abril, mientras en la Embajada ante la Santa Sede se esperaba la llegada
del nuevo titular, L’Osservatore Romano trató sobre España en su Acta Diurna. El Vaticano se hacía eco de que la situación en el país podía considerarse previa
a la revolución proletaria. El autor del comentario era el político italiano Guido
Gonella, que escribió bajo el título «Mosca saluta i ‘fratelli’ spagnoli» L’Osservatore romano de 24-4-1936.
Refiriéndose concretamente al caso de España dice que en la política de Moscú se pueden
distinguir tres momentos: 1.º Moderación preelectoral para no alarmar a los elementos
burgueses de izquierda. 2.º Entrega del poder a las fuerzas burguesas, para que asuman
estas la responsabilidad de disgregar los organismos sociales. Y 3.º El momento de
la realización revolucionaria» que toma pretesto [sic] en el desorden… preordenado Despacho núm. 108 de 24 de abril al ministro de Estado. AEESS, despachos encuadernados,
1936.
De la Mora no se atrevió a ir más allá en su comentario. Tampoco se trataba de un
editorial, aunque no dejaba de ser una columna en el medio oficioso vaticano. En el
mejor de los casos se trataba de una advertencia de que la situación creada en España
encajaba demasiado bien con las etapas que refería Gonella y con la estrategia que
socialistas y comunistas habían manifestado durante la campaña electoral en relación
al manifiesto de su propio bloque. El socialista Álvarez del Vayo había afirmado entonces
que el pacto solo podría ser eficaz si después de las elecciones se mantenía «la presión
popular». Los comunistas también habían coincidido en que, más allá de la acción parlamentaria
y legislativa, «las masas antifascistas» debían proceder a la realización del pacto
«en la calle». Concebían así la victoria del Frente Popular como una etapa transitoria
hasta la «dictadura democrática del proletariado» La carta de Ledóchowski a Pizzardo, en Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.
Elorza, A. y Bizcarrondo, M. (1999). Queridos camaradas: la Internacional Comunista y España 1919-1939. Barcelona: Planeta.
Rees, T. (2012). ¿Revolución o República? El Partido Comunista de España, 1931-1936.
En M. Álvarez Tardío y F. Del Rey (eds.). El laberinto republicano. La democracia española y sus enemigos (1931-1936) (pp. 281-305). Barcelona: RBA.
El 1 de mayo tomó posesión de la Embajada de España ante la Santa Sede Luis de Zulueta. En ese simbólico día, el hombre que no había obtenido el plácet en 1931 pero que entonces ocupaba ya el Palacio de España, fue a saludar —sin carácter oficial— a la Secretaría de Estado, donde se encontró tanto con el secretario de Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios, Pizzardo, como con el sustituto de la Secretaría de Estado, Tardini. Según el parecer del recién estrenado embajador, la acogida que le dispensaron ambos eclesiásticos fue «francamente afectuosa». El primero de los encuentros fue con Pizzardo, con quien trató sobre el «orden público». El embajador aprovechó para «contrarrestar con mis noticias y consideraciones los informes falsos o, por los menos, parciales y adversos que aquí deben recibirse con excesiva frecuencia». Pizzardo fue basculando por los principales temas a los que le interesaba aludir. Por eso se refirió, «con carácter general, al peligro comunista y a los riesgos de los movimientos separatistas». Del encuentro, escribió Zulueta:
Por lo que toca al peligro comunista, no he negado su existencia en España pero sí
que aquel fuese tan grave como algunos suponen. Estimo que no debemos negar la realidad
de este peligro, entre otras razones porque solo el temor a situaciones más extremas
puede llevar al Vaticano a admitir la política que encarna el Gobierno y las Cortes
de la República. Traté, no obstante, de persuadir a Mons. Pizzardo de que bajo la
dirección del Sr. Azaña se lograrán plenamente la normalidad, el orden y la estabilidad
de la vida pública española y de que todo intento de centrarla hacia la derecha, como
los realizados durante el pasado bienio, estaba condenado al fracaso y constituiría
el mejor estímulo para una revolución comunista. No se ha mostrado el Secretario en
desacuerdo con la conveniencia de una política ‘progresiva’, especialmente en el terreno
social confirmándome la impresión que ya tenía, de que el Vaticano no estaba muy satisfecho
de la política excesivamente conservadora, sobre todo en el aspecto económico, practicada
por los católicos españoles Despacho núm. 114, del embajador Luis de Zulueta al ministro de Estado de 1 de mayo.
AEESS, despachos encuadernados, 1936. El subrayado aparece en el original.
Venía Zulueta a confirmar la percepción, que ya había transmitido su predecesor en
el cargo, acerca del descontento que en la Santa Sede había provocado la actuación
política de los católicos de la CEDA en materia social durante el segundo bienio republicano.
Y a fijar una posición que no estaba lejos de la que anhelaban en la Secretaría de
Estado a pocas horas de las elecciones, salvo un matiz importante: Zulueta presentaba
a Azaña —o al hombre que él estaba por dejar al frente del Consejo de Ministros una
vez que asumiera la primera magistratura del Estado Azaña asumió la Presidencia de la República, en sustitución del destituido Alcalá
Zamora, el 11 de mayo de 1936.
Despacho núm. 114 al ministro de Estado, de 1 de mayo. AEESS, despachos encuadernados,
1936.
El 4 de mayo tuvo lugar el primer encuentro de Zulueta con el cardenal secretario
de Estado. Aunque fue ocasión de volver sobre la cuestión de la amenaza comunista,
Pacelli quiso abordar desde el comienzo de la misión de Zulueta la cuestión del orden
público, si bien lo hizo «en tono dolido pero amistoso». El embajador le manifestó
«cuán sinceramente el Gobierno lamentaba y con cuanto empeño se esforzaba en impedirlos
[los ataques], esperando que no volvieran a ocurrir». Pero no se limitó el diplomático
a decir a Pacelli lo que este quería oír, y lo que probablemente en un primer encuentro
en aquellas circunstancias no había más remedio que decir, sino que le planteó un
cuadro de la situación en el país en que parecía invitar a la propia Iglesia a una
reflexión sobre su papel en España. El embajador señaló que los ataques se efectuaban
a la vez a los templos y conventos y a los centros políticos «abiertamente hostiles
a la República». Pacelli, con una calculada prudencia vestida de exquisita cortesía,
no negó ni afirmó que los ataques estuvieran causados por la significación política
del clero. Se limitó a remitirse a la llamada a la unidad que había hecho insistentemente
el Papa y dijo que los obispos y sacerdotes no debían hacer política de partido, sino
solo aquella que tendía a los grandes intereses de «la moral, la familia, la educación
y el bien común» Despacho núm. 116 al ministro de Estado, de 4 de mayo. AEESS, despachos encuadernados,
1936.
Con todo, el punto principal de aquel encuentro estuvo en la petición que el Secretario de Estado hizo al novísimo embajador para que incluyera en el discurso de presentación de credenciales «alguna manifestación en el sentido de “mitigar” los efectos de la legislación laica de la República». A Zulueta debió resultarle demasiado atrevido el movimiento de su interlocutor. Aceptaba que el término «mitigar» podía albergar muchos matices y que probablemente podía ser objeto de negociaciones, pero en absoluto juzgaba prudente hacer una afirmación como la solicitada en el discurso de presentación de credenciales ante Pío XI. En cualquier caso, el embajador estaba firmemente convencido de que aquella «política de mitigación» volvería a surgir en la conversación.
Efectivamente, lo hizo pocos días después, cuando Pacelli le devolvió la visita de
cortesía después del acto de entrega de credenciales. Este había tenido lugar el sábado
9 de mayo de 1936. En él aludió el papa a las «tribulaciones» de la Iglesia en España,
de las que dijo que estaban siendo «sufridas no ciertamente por culpa nuestra», pero
sin atribuir responsabilidad alguna a nadie ni referirse a ningún hecho concreto.
En cualquier caso, la afirmación del pontífice establecía un límite a la actitud del
embajador que había pretendido hacer pasar a la propia Iglesia como culpable de los
ataques que sufría a causa de su posicionamiento político. Cuando Pacelli devolvió
la visita, se hizo cargo de que en unas circunstancias como aquellas no era razonable
aspirar más que a la «política de mitigación» en la interpretación o aplicación de
las leyes Despacho núm. 122 al ministro de Estado, de 11 de mayo. AEESS, despachos encuadernados,
1936.
Mientras la Santa Sede atendía al temor de que España se convirtiese en un país comunista,
debía entenderse a su vez con un Gobierno que se presentaba a sí mismo como dique
para la contención de esta amenaza que efectuaban sus propios aliados en las urnas.
La Iglesia inició el periodo ofreciendo el apoyo de sus fuerzas más afines en materia
social a cambio de que se «mitigara» el programa antirreligioso, que no había sido
cuestión central en la articulación del pacto electoral. Sin embargo, las izquierdas
republicanas en el poder no aceptaron esta posibilidad confiando en su alianza con
los socialistas
La primera de las medidas en tomarse fue la reactivación de la clausura de las escuelas
católicas, en conformidad con el precepto constitucional que impedía a los religiosos
el ejercicio de la enseñanza. Azaña había defendido durante los debates constitucionales
que el cierre de los colegios religiosos era una cuestión de «defensa de la República» Gaceta de Madrid, núm. 60, 29-2-1936, p. 1703.
Rodríguez Lago ( Rodríguez Lago, J. R. (2013). El acoso de las Repúblicas. Las congregaciones religiosas
y los procesos de construcción nacional en Galicia (1898-1936). En P. Gabriel, J.
Pomés y F. Férnandez Gómez (eds.). España Res publica. Granada: Comares.
Ostolaza Esnal, M. (2009). La «guerra escolar» y la movilización de los católicos
en la II República. En J. De la Cueva y F. Montero (eds.). Laicismo y catolicismo. El conflicto político-religioso en la Segunda República (pp. 321-350). Madrid: Universidad de Alcalá de Henares.
La sustitución de la enseñanza religiosa por la educación pública representaba un
ámbito capital en el que aplicar aquello que Pacelli había llamado al recibir a Zulueta
«política de mitigación». Y es que para puentear la prohibición legal de enseñanza
a cargo de las congregaciones se había articulado un modelo que pasaba por erigir
los colegios en escuelas privadas en las que podía formarse a los pequeños con criterios
católicos y evitar el modelo laico de las escuelas nacionales. Estas escuelas privadas
no podían estar afectadas por la legislación contra las congregaciones, puesto que
no eran formalmente de titularidad religiosa. Si el Gobierno hubiera querido el entendimiento,
hubiera aceptado la existencia de este modelo educativo siquiera como vía de escape
para la presión que la obra de sustitución de las escuelas religiosas suponía. Sin
embargo, estas escuelas fueron objeto de la visceralidad de las autoridades locales
para combatir las muestras de religiosidad. Se provocó así un conflicto diplomático
entre el pronuncio Se utiliza esta categoría para señalar al nuncio que no ejerce como decano del cuerpo
diplomático. Fue la condición de Tedeschini al final de su nunciatura.
Copia de la nota verbal remitida por Tedeschini al cardenal Pacelli, en el Archivo
de la Congregación de Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios (en adelante AES), Spagna
(IV), 886 p.o., fasc. 259, f. 23. La argumentación de Tedeschini contrasta con el
mandato legal de cuidar que las órdenes y congregaciones no pudiesen sostener colegios
de enseñanza privada ni por sí ni por medio de personas interpuestas. Suárez Pertierra
( Suárez Pertierra, G. (2001). El laicismo de la Constitución republicana. En D. Llamazares
Fernández (ed.). Estado y Religión. Procesos de secularización y laicidad. Homenaje a Don Fernando
de los Ríos. Madrid: Universidad Carlos III; BOE.
Más allá de la trascendencia que el tono de la nota tuvo El 23 de mayo de 1936 el subsecretario de Estado visitó a Tedeschini, convaleciente
de ciática, para afearle el tono de las protestas dirigidas al Gobierno y que estas
no hubieran estado remitidas exclusivamente al ministro de Estado. Al cardenal le
molestó mucho la descortesía del Gobierno cuando estaba a punto de marcharse. Entendió
que la molestia venía por su ausencia en la recepción de Azaña como nuevo presidente
de la República al cuerpo diplomático. El eclesiástico adujo la convalecencia para
no asistir y el Gobierno interpretó que se trataba de una excusa. Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.
En relación también a la sustitución de la enseñanza religiosa se produjo otra circunstancia en la que podría haberse impuesto aquella «política de mitigación» que había sugerido Pacelli. El 22 de mayo de 1936 Tedeschini volvió a dirigirse a Barcia para indicarle que, «entre las muchas escuelas que se vienen clausurando», estaban también las de la hijas de la caridad tanto de la rama francesa como de la española, habiendo sido para esa fecha ya clausuradas las escuelas de Alcoy, Galdo y Reinosa y estando a punto de cerrarse las de Aibar, Sangüesa y Marín. Tedeschini apuntaba al respecto un matiz bastante revelador:
[…] esta clausura de Escuelas dirigidas por Hijas de la Caridad, aplicándoles el precepto
prohibitivo del art. 26 de la Constitución y del art. 30 de la Ley de Confesiones
y Congregaciones Religiosas, es absolutamente ilegal y contraria a resoluciones dadas
por la autoridad competente, por la razón fundamental y clarísima de que el art. 22
de la mencionada Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas considera expresamente,
y por cierto en conformidad con el Derecho Canónico, como Órdenes y Congregaciones
Religiosas sólo a las Sociedades aprobadas por la Autoridad Eclesiástica y en las
cuales sus miembros emiten votos públicos, perpetuos o temporales, y las Hijas de
la Caridad de San Vicente de Paúl, por el contrario, emiten por virtud de sus Constituciones
sólo votos privados anuales, y por consiguiente no son Religiosas, ni canónica, ni
civilmente, según el artículo mencionado, a pesar de su hábito y de su vida en común,
siendo el concepto canónico de esta Institución el de ‘Sociedad de Señoras que viven
en común sin votos (públicos)’ Copia de la nota enviada al ministro Barcia en AES, Spagna (IV), 886 p.o., fasc. 259,
ff. 26-29.
En su nota de protesta el pronuncio explicaba además que en agosto de 1933 se había dirigido al presidente del Consejo de Ministros, entonces Azaña, encareciéndole a requerimiento de los directores de la institución religiosa que esta fuera considerada al margen tanto de la Ley de Congregaciones como del art. 26 de la Constitución. El Consejo de Estado suspendió cautelarmente la aplicación de esta legislación a las hijas de la caridad el 2 de septiembre de 1933 y a finales de marzo de 1934 los directores de la institución recibieron del Ministerio de Justicia dos decretos según los cuales las hijas de la caridad de San Vicente de Paúl no se incluían en la Ley de Congregaciones y, además, quedaban inscritas en el Ministerio de Justicia con existencia legal. El 10 de marzo de 1935 el Ministerio de Instrucción Pública publicó una orden en la que contaba que «desde el momento en que ha sido declarado por quien tiene competencia para ello que su Instituto está excluido de la Ley de Confesiones y Congregaciones religiosas, pueden ejercer la enseñanza siempre que reúnan los requisitos que para ello exigen las vigentes disposiciones». Por todo ello, Tedeschini fue muy claro al invitar al Gobierno de la República a cumplir las disposiciones emanadas de su propia autoridad.
El tratamiento que de la cuestión hizo la Nunciatura deja ver que, en este sentido,
la actitud de esta estaba mucho más plegada a la legalidad republicana que la de algunas
autoridades del país. Por ello, la representación de la Santa Sede reclamaba el cumplimiento
de la legalidad en este ámbito en el que resultaba beneficioso para los intereses
de la Iglesia. Sin embargo, esta adecuación a la modernidad de los que más encarnaban
la oposición a las innovaciones no era solo un fenómeno de la representación diplomática.
Rafael Cruz ha señalado que los católicos respondieron orquestando un movimiento social
que «consistió en un despliegue de asociaciones, recogidas de firmas, envío de escritos,
manifiestos, mítines, algún boicot, colectas, manifiestos, congresos y asambleas,
con el apoyo de la prensa» AES, Spagna (IV), 886 p.o., fasc. 259, f. 49.
La política de «no mitigación» por la que finalmente optó el Gobierno no se circunscribió
solo a la sustitución de la enseñanza que estaba en manos de las congregaciones religiosas,
el 28 de junio una orden del Ministerio de Trabajo vino a derogar una disposición
anterior de diciembre de 1934 que permitía que en los centros de beneficencia general
del Estado se celebraran los cultos religiosos solicitados por los acogidos y ordenar
su sostenimiento con cargo a las consignaciones para la subsistencia de los mismos.
La nueva orden prohibía la celebración de culto alguno en estos centros y también
su financiación, aunque permitía la posibilidad de que los interesados pudieran salir
para acudir a los actos de culto en la medida en que el reglamento de cada institución
lo posibilitara Gaceta de Madrid, 28-6-1936, núm. 180, p. 2733.
El entonces encargado de Negocios de la Santa Sede, Sericano, se dirigió de nuevo a Barcia para protestar por la medida, dejándonos también una muestra de un amplio dominio de la legislación republicana y de una fina sutileza a la hora de utilizar los medios del ordenamiento jurídico para la defensa de los intereses de la Iglesia. Expuso que, a su criterio, la disposición restringía la libertad de conciencia que consagraba la Constitución:
El laicismo del Estado podrá tener como consecuencia lógica que aquel no establezca
ni menos imponga por su iniciativa la celebración de estos actos […]; pero no se ve
por qué razón en virtud del laicismo, se debe hacer imposible a los ciudadanos acogidos
por necesidad a los establecimientos del Estado la asistencia dentro de los mismos
a los cultos, que forman parte integrante y esencial de libre práctica de la religión
[…] Además la Orden citada interpreta en sentido restrictivo y peyorativo las disposiciones
del art. 4.º de la Ley de Confesiones y Congregaciones Religiosas; pues además de
conservar la cláusula ‘cuando la ocasión lo justifique’, tan expuesta a abusivas interpretaciones,
mientras el referido artículo habla de prestación de servicios religiosos en general,
dentro de las dependencias, la Orden los restringe a los de naturaleza individual ASV, Nunziatura de Madrid, b.966, ff. 176r-177r.
El 2 de julio de 1936 fue el Ministerio de Marina quien ordenó la sustitución de las
hijas de la caridad que prestaban su servicio de asistencia en los hospitales de la
Armada Gaceta de Madrid, 2-7-1936, núm. 184, p. 38.
en el que se dispone que «todo el personal civil que preste servicio en lo sucesivo
en los hospitales de Marina no podrá ser confesional»; pues si se da a la palabra
confesional el sentido corriente de perteneciente a una confesión religiosa, el artículo
mencionado vulnera abiertamente el Art. 27 de la Constitución que además de consignar
que «la libertad de conciencia y derecho de profesar y practicar libremente cualquier
religión quedan garantizados en el territorio español», declara que «la condición
religiosa no constituirá circunstancia modificativa de la personalidad civil ni política»,
y aun si se quiere dar a esa palabra el sentido impropio de adscrito a una Congregación
Religiosa, aún entonces, al menos tratándose de individuos, se infringe el mismo precepto
constitucional, ya que solo para los cargos de Presidente de la República y de Presidente
del Consejo, puede ser obstáculo legal, segun [sic] los artículos 70 y 87 de la Constitución,
la profesión religiosa ASV, Nunziatura de Madrid, b. 967, ff. 493r-494r.
Alejándose del tono áspero que había provocado a Tedeschini el roce con el Gobierno, Sericano fue bastante hábil al presentar a Barcia la nota verbal con el objeto de que el Gobierno «se sirva aclarar el mencionado artículo 5.º en sentido que evite interpretaciones no ajustadas a la Ley Fundamental de la República por parte de los encargados de aplicarlo».
Tras la marcha de Tedeschini el 11 de junio de 1936, correspondió a Sericano completar
la serie de protestas por los ataques sufridos por la Iglesia en todo el país que
había venido presentando el nuncio desde poco después de las elecciones. Con la documentación
enviada por cada una de las diócesis se preparó un extenso informe sobre los «desmanes
antirreligiosos» cometidos en las diócesis españolas entre el 1 de abril y el 20 de
junio que arrojaba la cifra de 836 sucesos, de muy diferente gravedad. Fue presentado
al ministro de Estado por Silvio Sericano a comienzos de julio El informe aparece transcrito literalmente en Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.
La labor del encargado de Negocios en relación con los «desmanes» cometidos contra
la Iglesia no se limitó a llevar a término el informe completo de todas las diócesis
iniciado por Tedeschini, sino que en la Nunciatura en manos de aquel recién llegado
se produjo un giro copernicano en el tratamiento de la información que merece ser
muy tenido en cuenta a la hora de valorar la adecuación de la Iglesia a los resortes
del derecho en una situación tan delicada como aquella. Ya en la presentación de los
datos que había mandado recoger Tedeschini advirtió que en muchos pueblos estaba impedida
«toda vida religiosa y todo ejercicio del culto, por motivos desprovistos de todo
fundamento legal, con evidente quebranto de la libertad religiosa» ASV, Nunziatura de Madrid, b. 967, f. 64. En este sentido, es preciso matizar que en algunos pueblos se había impedido el ejercicio
de la cura de almas al párroco del lugar, pero no a otros sacerdotes llegados de fuera
del municipio.
El 18 de junio de 1936, Sericano informó a Pacelli de la moción en favor de la asistencia
religiosa en Valencia. AES, Spagna IV, p.o. 881, fasc. 257, f. 8.
Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2013). El impacto de la violencia anticlerical
en la primavera de 1936 y la respuesta de las autoridades. Hispania Sacra, 132, 683-764. Disponible en: https://doi.org/10.3989/hs.2013.033.
Sericano envió una circular a los obispos el 29 de junio de 1936 pidiendo la información
sobre las parroquias desprovistas de asistencia religiosa y su causa. El 15 de julio,
Sericano dejó listo —aunque no llegó a presentar Minuta de la nota de presentación en ASV, Nunziatura de Madrid, b. 967, f. 240r-241r. En otras treinta no se daba esta circunstancia. Del resto no se presentaron datos. El informe por diócesis en ASV, Nunziatura di Madrid, b. 967, ff. 278-297.
Los datos, no obstante, deben ser tomados con dos cautelas fundamentales. La primera es que la estimación de población la aportaban los propios prelados, por lo que no tiene base más que estimativa. La segunda es que en la mayoría de los casos se refieren a poblaciones completas. Esto es, suponiendo el total de una feligresía o población como almas que demandaban esta asistencia religiosa, cuando es fácil suponer que no todas las personas que vivían en una demarcación religiosa concreta precisaban de esta asistencia espiritual. Cuando menos, no querían que les atendiese ningún sacerdote aquellos que habían expulsado a los eclesiásticos.
La permanente duda de muchos católicos sobre si el deterioro del orden público conduciría o no al establecimiento del comunismo marcó la primavera de 1936. No fue ello óbice para que la Santa Sede tratase de atraer hacia el centro político a las izquierdas republicanas como medio para evitar los excesos de sus socios de coalición y la revolución a la que estos aspiraban. En esta estrategia, el Gobierno romano de la Iglesia dejó ver su malestar por lo que juzgaba una política social débil por parte de la CEDA durante el segundo bienio, como también se dolía de la incapacidad de los católicos españoles de apartar sus divisiones políticas en favor de una acción común.
Las orientaciones de la Santa Sede, con ser políticamente consecuentes con los principios religiosos que las inspiraban, adolecieron en algunos casos de una cierta candidez. Fue así al tratar de desmovilizar a los monárquicos en los momentos de mayor debilidad de la República, cuando más fácil podrían tener la conquista de sus anhelos. Pudo serlo también cuando censuró la debilidad de política social de la CEDA evidenciada en la caída de Giménez Fernández. Su sustitución en Agricultura fue, en buena medida, un medio para mantener la unidad del amplio bloque posibilista que amenazaba con resquebrajarse si se continuaba enfrentando a los intereses de sus propios integrantes. Estos reproches, sin embargo, contrastan con los éxitos obtenidos por la CEDA en la movilización social de los católicos, cuyos resultados electorales en 1936 —aun no consiguiendo la mayoría— fueron todo un éxito visible en los primeros datos del escrutinio.
La estrategia de la Santa Sede de intentar atraer al centro a los republicanos de izquierda no obtuvo los efectos deseados. Fue así desde luego en cuanto al control de los ataques sufridos por la Iglesia. Las fuentes insisten en que el Gobierno no pudo o no quiso actuar contra las fuerzas revolucionarias que se integraban en el Frente Popular con la contundencia que exigía el respeto a la legalidad. También fracasó la «política de mitigación» en materia religiosa pretendida por la Secretaría de Estado a cambio del apoyo a las medidas legislativas de carácter social. El Gobierno no solo no quiso comprometerse a ello, sino que continuó desarrollando su hostilidad hacia lo católico en nuevas reglamentaciones que a veces contravinieron disposiciones legales superiores. La aplicación de algunas de estas medidas por las autoridades locales provisionales supuso muchas veces un agravante. Con todo, las orientaciones de la Santa Sede se mantuvieron en el preciso conocimiento de la legalidad y el plegamiento a lo dispuesto en ella, intentando salvar mediante lo dispuesto en el ordenamiento jurídico los intereses que fueran posibles.
[1] |
Este artículo se enmarca en el Proyecto I+D+I HAR2015-65115-P (MINECO/FEDER). |
[2] |
González y Martínez ( González Gullón, J. L. y Martínez Sánchez, S. (2017). Los temblores del clero durante el Frente Popular. En Actas del XIII Congreso de la Asociación de Historia Contemporánea (Albacete, 21-23 de septiembre de 2016): La Historia, lost in translation? (pp. 1615-1625). Cuenca: Universidad de Castilla-La Mancha.2017): 1622. Cruz ( Cruz, R. (2006). En el nombre del pueblo. República, rebelión y guerra en la España de 1936. Madrid: Siglo xxi.2006: 127-132) ha calificado la actividad de los católicos como la «movilización del desagravio». También dentro de estudios más completos ha tratado la cuestión Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2008). Pío XI entre la República y Franco. Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2008, Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016), cuyas ediciones de la documentación vaticana son de máxima utilidad a pesar de no eximir por completo de la consulta de los originales. |
[3] |
Rodríguez Lago ( Rodríguez Lago, J. R. (2017). Las claves de Tedeschini. La política vaticana en España
(1921-1936). Historia y Política, 38, 229-258. Disponible en:
|
[4] |
Macarro Vera ( Macarro Vera, J. M. (2000). Socialismo, República y revolución en Andalucía (1931-1936). Sevilla: Secretariado de Publicaciones de la Universidad de Sevilla.2000): 377-379; Álvarez Rey ( Álvarez Rey, L. (2005). La relación entre Giménez Fernández y Gil Robles y la división de la democracia cristiana durante el franquismo. En J. M. Castells, J. Hurtado y J. M. Margenat (eds.). De la dictadura a la democracia (pp. 205-221). Sevilla: Desclée de Brouwer.2005): 213-215, y Álvarez Tardío ( Álvarez Tardío, M. (2016). Gil-Robles, un conservador en la República. Madrid: Gota a Gota; Fundación FAES.2016): 163-167. |
[5] |
Telegrama núm. 64 enviado por el embajador ante la Santa Sede, Leandro Pita Romero, al Ministerio de Estado el 9 de julio de 1935. Archivo de la Embajada de España ante la Santa Sede (en adelante AEESS), serie 1901-1948, legajo 56. El telegrama se refiere al artículo «Le Destre spagnole e la giustizia sociale» publicado por el diario L’Avvenire d’Italia ese mismo día. |
[6] |
Redondo Torres ( Redondo Torres, G. (1993). Historia de la Iglesia en España 1931-1939. Madrid: Rialp.1993): 424-439, y Batllori y Arbeloa ( Batllori, M. y Arbeloa, V. M. (1990). Arxiu Vidal y Barraquer. Església i estat durant la Segona República Espanyola, 1936-1936 (vol. 4, parte 3). Barcelona: Monestir de Monstserrat.1990): documento 1134. |
[7] |
Álvarez Tardío ( Álvarez Tardío, M. (2016). Gil-Robles, un conservador en la República. Madrid: Gota a Gota; Fundación FAES.2016): 194-196. El nuncio Tedeschini informó el 12 de septiembre de 1935 acerca de las declaraciones de Gil Robles en defensa de una «Costituzione nuova». Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1526. |
[8] |
AEESS, despacho de 30 de octubre de 1935. Tomado de la Serie 1901-1948, legajo 56. |
[9] |
Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1557. |
[10] | |
[11] |
Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2017). 1936: Fraude y violencia en las elecciones del Frente Popular. Barcelona: Espasa.2017: 76) indican que las fuerzas obreras habían concurrido a las elecciones con unos propósitos que no pasaban ya por «el constitucionalismo ni el sistema parlamentario», sino que aspiraban a la «dictadura del proletariado». |
[12] |
Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documentos 1557 y 1560. |
[13] |
Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2017). 1936: Fraude y violencia en las elecciones del Frente Popular. Barcelona: Espasa.2017): 275-351. |
[14] |
El martes 18 de febrero, mediante telegrama, Tedeschini dio noticia de la victoria de las izquierdas aun a pesar de que la CEDA había conseguido mejorar su número de escaños en el Congreso. Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1571. |
[15] |
Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1571. |
[16] |
Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2017). 1936: Fraude y violencia en las elecciones del Frente Popular. Barcelona: Espasa.2017): 409. |
[17] |
Alcalá Zamora ( Alcalá Zamora, N. (1998). Memorias. Barcelona: Planeta.1998): 394. |
[18] |
Pizzardo era, además de secretario de Asuntos Extraordinarios, el responsable internacional para la Acción Católica. De Domenico Tardini es significativa la alusión que hace Raguer ( Raguer, H. (2001). La pólvora y el incienso. La Iglesia y la Guerra Civil española (1936-1939). Barcelona: Ediciones Península.2001: 46) a su expresión de «benedetta rivoluzione» para calificar la Segunda República en tanto que le daba la bienvenida al cese de las peculiares relaciones entra la depuesta monarquía y la Iglesia. |
[19] |
Despacho núm. 77 de 7 de marzo. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[20] |
Id. |
[21] |
Ángel de la Mora, encargado de negocios de la Embajada ante la Santa Sede, en su despacho de 26 de febrero indicó que «a partir de la proclama del Excmo. Señor Presidente del Consejo de Ministros, Don Manuel Azaña, llamando a todos los españoles a la concordia, había mayor optimismo en los centros vaticanistas». Despacho núm. 66 de 26 de febrero. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[22] |
Cuando Tedeschini requirió información de lo sucedido al cardenal Vidal y Barraquer, este aludió a la fervorosa militancia tradicionalista del secretario de Cámara y Gobierno del obispo de Barcelona. |
[23] |
Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1573. |
[24] |
Delgado Ruiz ( Delgado Ruiz, M. (2001). Luces iconoclastas. Anticlericalismo, espacio y ritual en la España contemporánea. Barcelona: Ariel.2001): 77. |
[25] |
Thomas ( Thomas, M. (2014). La fe y la furia. Violencia anticlerical popular e iconoclastia en España, 1931-1936. Granada: Comares.2014): 71. |
[26] |
González Calleja ( González Calleja, E. (2014). En nombre de la autoridad. La defensa del orden público durante la Segunda República española (1931-1936). Granada: Comares.2014): 269-270. Toma los datos de Ranzato ( Ranzato, G. (2011). La grande paura del 1936. Come la Spagna precipitò nella guerra civile. Bari: Larteza.2011): 214-232. |
[27] | |
[28] |
Ibid.: 713-714 y 716. |
[29] |
Despacho núm. 80 de Pita Romero al Ministerio de Estado, de 20 de marzo. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[30] |
De la Cueva Merino ( De la Cueva Merino, J. (1998). El anticlericalismo en la Segunda República y la Guerra Civil. En E. La Parra López y M. Suárez Cortina (eds.). El anticlericalismo español contemporáneo. Madrid: Biblioteca Nueva.1998: 258) también señaló la vinculación de estos ataques con la violencia política. |
[31] |
Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1591. |
[32] |
Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1596. |
[33] |
L’Osservatore romano de 24-4-1936. |
[34] |
Despacho núm. 108 de 24 de abril al ministro de Estado. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[35] |
Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2017). 1936: Fraude y violencia en las elecciones del Frente Popular. Barcelona: Espasa.2017): 96. |
[36] |
La carta de Ledóchowski a Pizzardo, en Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1608. Elorza y Bizcarrondo Elorza, A. y Bizcarrondo, M. (1999). Queridos camaradas: la Internacional Comunista y España 1919-1939. Barcelona: Planeta.(1999: 281-282) refieren el envío a Manuilski el 4 de marzo de un largo informe aludiendo al «extremismo infantil» de los caballeristas y al encuadramiento de la situación española en la fase democrático-burguesa de la revolución, aunque refieren igualmente el constante crecimiento de la influencia comunista. Rees ( Rees, T. (2012). ¿Revolución o República? El Partido Comunista de España, 1931-1936. En M. Álvarez Tardío y F. Del Rey (eds.). El laberinto republicano. La democracia española y sus enemigos (1931-1936) (pp. 281-305). Barcelona: RBA.2012: 302-304) ha explicado cómo, a pesar de que la posibilidad de que los comunistas tomasen el poder a las órdenes de la Comintern era «ridícula», aumentó el temor de los conservadores españoles. |
[37] |
Despacho núm. 114, del embajador Luis de Zulueta al ministro de Estado de 1 de mayo. AEESS, despachos encuadernados, 1936. El subrayado aparece en el original. |
[38] |
Azaña asumió la Presidencia de la República, en sustitución del destituido Alcalá Zamora, el 11 de mayo de 1936. |
[39] |
Despacho núm. 114 al ministro de Estado, de 1 de mayo. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[40] |
Despacho núm. 116 al ministro de Estado, de 4 de mayo. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[41] |
Despacho núm. 122 al ministro de Estado, de 11 de mayo. AEESS, despachos encuadernados, 1936. |
[42] | |
[43] |
Lannon ( Lannon, F. (1990). Privilegio, persecución y profecía. La Iglesia Católica en España 1875-1975. Madrid: Alianza Universidad.1990): 219. |
[44] |
Gaceta de Madrid, núm. 60, 29-2-1936, p. 1703. |
[45] |
Rodríguez Lago ( Rodríguez Lago, J. R. (2013). El acoso de las Repúblicas. Las congregaciones religiosas y los procesos de construcción nacional en Galicia (1898-1936). En P. Gabriel, J. Pomés y F. Férnandez Gómez (eds.). España Res publica. Granada: Comares.2013: 516) ha señalado cómo estas actuaciones provocaron la reacción católica contraria. Ostolaza Esnal ( Ostolaza Esnal, M. (2009). La «guerra escolar» y la movilización de los católicos en la II República. En J. De la Cueva y F. Montero (eds.). Laicismo y catolicismo. El conflicto político-religioso en la Segunda República (pp. 321-350). Madrid: Universidad de Alcalá de Henares.2009: 337) ha indicado, en una breve referencia al periodo, que «la nueva ofensiva de laicización escolar […] truncaba toda posibilidad de acuerdo entre la Iglesia y el régimen republicano». |
[46] |
García Prous ( García Prous, C. (1996). Relaciones Iglesia-Estado en la Segunda República Española. Córdoba: Publicaciones Cajasur.1996): 211. |
[47] |
Se utiliza esta categoría para señalar al nuncio que no ejerce como decano del cuerpo diplomático. Fue la condición de Tedeschini al final de su nunciatura. |
[48] |
Copia de la nota verbal remitida por Tedeschini al cardenal Pacelli, en el Archivo de la Congregación de Asuntos Eclesiásticos Extraordinarios (en adelante AES), Spagna (IV), 886 p.o., fasc. 259, f. 23. La argumentación de Tedeschini contrasta con el mandato legal de cuidar que las órdenes y congregaciones no pudiesen sostener colegios de enseñanza privada ni por sí ni por medio de personas interpuestas. Suárez Pertierra ( Suárez Pertierra, G. (2001). El laicismo de la Constitución republicana. En D. Llamazares Fernández (ed.). Estado y Religión. Procesos de secularización y laicidad. Homenaje a Don Fernando de los Ríos. Madrid: Universidad Carlos III; BOE.2001: 81). |
[49] |
El 23 de mayo de 1936 el subsecretario de Estado visitó a Tedeschini, convaleciente de ciática, para afearle el tono de las protestas dirigidas al Gobierno y que estas no hubieran estado remitidas exclusivamente al ministro de Estado. Al cardenal le molestó mucho la descortesía del Gobierno cuando estaba a punto de marcharse. Entendió que la molestia venía por su ausencia en la recepción de Azaña como nuevo presidente de la República al cuerpo diplomático. El eclesiástico adujo la convalecencia para no asistir y el Gobierno interpretó que se trataba de una excusa. Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2016): documento 1628. |
[50] |
Copia de la nota enviada al ministro Barcia en AES, Spagna (IV), 886 p.o., fasc. 259, ff. 26-29. |
[51] |
Cruz ( Cruz, R. (2006). En el nombre del pueblo. República, rebelión y guerra en la España de 1936. Madrid: Siglo xxi.2006): 127. |
[52] |
AES, Spagna (IV), 886 p.o., fasc. 259, f. 49. |
[53] |
Gaceta de Madrid, 28-6-1936, núm. 180, p. 2733. |
[54] |
ASV, Nunziatura de Madrid, b.966, ff. 176r-177r. |
[55] |
Gaceta de Madrid, 2-7-1936, núm. 184, p. 38. |
[56] |
ASV, Nunziatura de Madrid, b. 967, ff. 493r-494r. |
[57] |
El informe aparece transcrito literalmente en Cárcel Ortí ( Cárcel Ortí, V. (2016). La II República y la Guerra Civil en el Archivo Secreto Vaticano (vol. 4; años 1935 y 1936). Madrid: Biblioteca de Autores Cristianos.2008): 698-733. El número es comparativamente muy alto respecto al total de 957 ataques que contabilizaron Tardío y Villa y que citamos anteriormente. Ello se debe a que estos autores aclararon que no contabilizaron «los episodios de amenazas y coacciones […] tampoco […] las huidas o expulsiones de clérigos, las multas, las detenciones y los registros e incautaciones de edificios». El informe enviado por Sericano incluye esta amplia gama de «desmanes» que refería situaciones de anormalidad. Especialmente debe considerarse en esta categoría la clausura de colegios por parte de las autoridades locales. |
[58] |
ASV, Nunziatura de Madrid, b. 967, f. 64. |
[59] |
En este sentido, es preciso matizar que en algunos pueblos se había impedido el ejercicio de la cura de almas al párroco del lugar, pero no a otros sacerdotes llegados de fuera del municipio. |
[60] |
El 18 de junio de 1936, Sericano informó a Pacelli de la moción en favor de la asistencia religiosa en Valencia. AES, Spagna IV, p.o. 881, fasc. 257, f. 8. |
[61] |
Álvarez y Villa ( Álvarez Tardío, M. y Villa García, R. (2013). El impacto de la violencia anticlerical
en la primavera de 1936 y la respuesta de las autoridades. Hispania Sacra, 132, 683-764. Disponible en:
|
[62] |
Minuta de la nota de presentación en ASV, Nunziatura de Madrid, b. 967, f. 240r-241r. |
[63] |
En otras treinta no se daba esta circunstancia. Del resto no se presentaron datos. |
[64] |
El informe por diócesis en ASV, Nunziatura di Madrid, b. 967, ff. 278-297. |
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