Las violaciones de los derechos humanos perpetradas por empresas son una realidad que ha sido un tema de derecho internacional y órganos de los derechos humanos por un período considerable. A lo largo de los años, se contemplaron diversas propuestas e instrumentos de carácter diverso para la regulación de la conducta empresarial. Todos son objeto de un intenso escrutinio y se han convertido en elementos polémicos entre los Estados involucrados en las negociaciones. El único documento adoptado por consenso en las Naciones Unidas, los Principios Rectores sobre Empresas y Derechos Humanos, contiene reglas no vinculantes. Sin embargo, los intentos de producir un tratado internacional vinculante nunca cesaron y actualmente se debaten con una participación considerable de la Unión Europea (UE). El objetivo de este artículo es analizar el progreso en el marco de desarrollo de las relaciones de las actividades comerciales con los derechos humanos, considerar la participación de la UE y determinar si la UE puede seguir avanzando en el estándar de protección, especialmente si tiene competencia suficiente para concluir el posible acuerdo de empresas y derechos humanos y qué enfoques son viables para que la UE implemente dicho acuerdo en su ordenamiento jurídico.
Human rights violations perpetrated by business enterprises are a reality that has been topic of international law and human rights bodies for considerable period of time. Over the years, proposals and instruments of various character were contemplated to regulate corporate conduct. All have been subject of intense scrutiny and became contentious points between states involved in the negotiations. The only document ever adopted by consensus within the United Nations were Guiding Principles on Business and Human Rights, adopted as non-binding rules. However, the attempts to produce an international treaty never ceased and are currently debated, with considerable participation of the EU. The aim of this paper is to analyse progress in the developing framework of business relations to human rights, consider the EU involvement, and determine whether the EU can further advance the standards of protection, especially whether it has competence to conclude the potential future agreement on business and human rights, and what approaches are feasible for the EU to implement such agreement into its legal order.