Garantías procedimentales y sustantivas en la aplicación a los abogados de las correcciones disciplinarias previstas en la LOPJ.

Palabras clave
abogados
correcciones
sanciones
derecho a la defensa
derecho a un juez imparcial
policía de estrados.
Resumen
El trabajo pasa revista a la regulación legal y a la jurisprudencia constitucional recaída desde 1981 respecto de las correcciones o sanciones disciplinarias que, conforme a las leyes procesales (sobre todo la LOPJ y la LEC), los jueces pueden imponer a los abogados cuando les falten al respeto, perturben las vistas o el desarrollo del proceso o incumplan sus deberes profesionales. El autor se centra en la aplicación a estas correcciones de algunas de las garantías procesales del artículo 24.2 de la CE, singularmente el derecho a un juez imparcial, pero también el derecho de defensa. La principal conclusión a que se llega es que pese a que la doctrina constitucional no es coherente ni clara, el Tribunal Constitucional sí ha sabido, flexibilizando tales garantías, permitir a los jueces el uso de las correcciones para casos en los que difícilmente otras medidas como las de «policía de estrados» hubiesen sido aplicables.
Keywords
attorneys; fines; contempt of court; right to defence; right to an impartial tribunal.
Abstract
The article deals with the statute law and with the case law from the Constitutional Court related to the fines and disciplinary measures (contempt of court) that, under the LOPJ and the LEC, judges can impose to attorneys when they behave disrespectfully or they disrupt the hearing or they break their professional duties. The author focuses on some of the constitutional rights that might apply, particularly the right to an impartial tribunal and the right to defence, both included in the right to a fair trial (section 24.2 of the Constitution). The main conclusion is somewhat ambivalent: the case law is not always clear, nor coherent, and sometimes is even unprincipled, but nevertheless, by bringing some
flexibility to those two rights, the Constitutional Court has allowed judges to use the fines in some cases in which the contempt of court (policía de estrados) was burdensome, or impossible, to apply.