Este acuerdo, textualizado, se protege mediante mecanismos e instituciones que garantizan su supremacía. Y así, la Constitución queda establecida en la sociedad como un orden creado para la coexistencia en comunidad de diferentes opciones políticas que consiguieron encontrar normas de convivencia en tolerancia mutua.
Siendo la Constitución la norma fundamental del Estado, el centro del ordenamiento jurídico, interesa analizar cómo ha de configurarse la actividad interpretativa del derecho en un sistema en el que todas las normas han de ser conformes a esa norma fundamental. La razón de ser de esa supremacía constitucional, la legitimidad constitucional, en definitiva, es la referencia obligada de toda investigación que pretenda dar cuenta de la interpretación del derecho en la actualidad.
Este estudio pretende afrontar el análisis de las principales doctrinas en esta materia, tanto en España como en derecho comparado.
Se licenció en Derecho por la Universidad de Granada en 1976 y se doctoró en octubre de 1983. Ejerció de abogada adscrita al Ilustre colegio de abogados de Málaga de 1977 a 2003. En 1980 inició su etapa como docente universitaria en las facultades de Derecho y Periodismo de la Universidad de Málaga. Ha dirigido la revista Artículo 14, una perspectiva de género editada por el Instituto andaluz de la Mujer (IAM). También ha dirigido dos congresos de Derecho Constitucional organizados por el Parlamento de Andalucía en los años 2002 y 2003.
Formó parte del comité de ética de la Consejería de Salud, del Observatorio de Publicidad del Instituto Andaluz de la Mujer y del Consejo Asesor para la modernización del Estado de las Autonomías de la Junta de Andalucía.
Fue consejera electiva del Consejo Consultivo de Andalucía en 2005 y 2017.
Entre sus obras más recientes sobresalen Mujer y Constitución: la construcción jurídica del género, 2007; Igualdad y Constitución española, 2010 e Hij@s del mercado. La gestación subrogada en un Estado Social, 2017.