Precio
24,04 €
ISBN
978-84-259-1711-0
0
1
CePC
Detalle de la obra
Resumen
Información biográfica
Autor
Mención de Responsabilidad
Prólogo de Javier García Roca
Materia.
Tipología
Publicación unitaria
Colección
Año de edición
2016
Lugar de Edición
Madrid
Dimensiones
22x15, 0.5Kg
Nº de páginas
390
Peso
500
Lengua
Español / Castellano
El objeto de este libro consiste en analizar el alcance del principio de legalidad sancionadora cuando se trata de la tipificación de infracciones y sanciones en las denominadas "ordenanzas de convivencia ciudadana". El análisis de esta realidad jurídica se ha llevado a cabo a partir del estudio específico de los ámbitos derivados del Derecho positivo. El primero de ellos alude al examen de la necesaria concurrencia, derivada directamente de nuestra Norma Fundamental, en la ley básica de régimen local de los elementos estructurales sobre los que ha de diseñarse el régimen procedimental de elaboración de las mismas: participación de los caros públicos representativos locales, publicidad y discusión, intervención de los ciudadanos y publicación de las normas. Se trata de principios que, preordenados directamente por la Constitución y en desarrollo del principio democrático, han de figurar necesariamente en la ley básica local. Mientras que el segundo ámbito se refiere al análisis de cómo las ordenanzas y reglamentos locales que tipifican infracciones y determinan las correspondientes sanciones se insertan en la propia LrBRL a través de la técnica de la habilitación/remisión de las Leyes en blanco. El examen de las "ordenanzas de convivencia ciudadana" pone de relieve cómo el desarrollo de los municipios españoles de las previsiones contempladas en el Título XI de LrBRL se ha llevado de forma dispar, motivado por la ausencia de una política general en materia de convivencia ciudadana impulsada desde las instancia territoriales estatales y autonómicas que, con pretensión de abarcar dicho fenómeno desde un planteamiento global -social, económico, asistencia, etc.- pueda hacer frente a fenómenos como las prostitución, la mendicidad, etc., con relación a los cuales los municipios no pueden formular nada más que políticas fragmentarias.