Precio
48,08 €
ISBN
978-84-259-1779-0
0
1
CePC
Detalle de la obra
Resumen
Información biográfica
Autor
Mención de Responsabilidad
Traducción del alemán de José Luis Muñozde Baena Simón, Aurelio de Prada García y Pablo López Pietsch. . Estudio preliminar de José Luis Muñoz de Baena Simón
Materia.
Tipología
Publicación unitaria
Colección
Edición
3ª
Año de edición
2018
Lugar de Edición
Madrid
Dimensiones
21x15, 0.7Kg
Nº de páginas
525
Peso
700
Lengua
Español / Castellano
Para Ross, la cuestión de qué es el derecho y de dónde surge ha sido planteada en términos erróneos: todos los problemas suscitados entre iusnaturalismo y positivismo son reducibles a (y solucionables mediante) planteamientos epistemológicos. El autor censura en esta obra, de inspiración neokantiana, varios dogmas asumidos en su época: la existencia prejudicial del derecho, la consideración de las normas como imperativos y la creencia en la existencia de lagunas, así como en la posibilidad de complementarlas por vía cognoscitiva. A partir de estas convicciones, de inspiración neokantiana, Ross reconstruye histórico-sistemáticamente la teoría de las fuentes del derecho sobre los conceptos de validez normativa y construcción en peldaños del sistema jurídico. Tanto los iusnaturalistas como los positivistas decimonónicos o los partidarios del derecho libre son objeto de sus críticas. Y su conclusión es terminante: el Estado es una realidad esencialmente jurídica y cualquier intento de reconducirla hacia otras instancias, ya fáctico-sociológicas, ya axiológicas o psicológicas, está condenado al fracaso. El derecho no es la expresión de una voluntad que supuestamente se halla «detrás» de sus normas (la verdadera voluntad del legislador, o algo similar), sino esta voluntad misma, la totalidad, el sistema. El sistema es la fuente última del derecho.
Alf Ross (1899-1979) está considerado uno de los clásicos del pensamiento jurídico del siglo XX. Desde una posición inicialmente neokantiana (Theorie der Rechtsquellen, 1929), fue evolucionando hacia un modelo de realismo jurídico empirista (Kritik der sogennanten praktischen Erkenntnis, 1933; Towards a Realistic Jurisprudence: a Criticism of the Dualism in Law, 1946). En su obra de madurez (On Law and Justice, 1958), sostiene que los enunciados normativos pueden ser verificados mediante la constatación de que crean convicciones sobre la vigencia de las normas en la ideología del juez. En su última etapa, se interesó por la filosofía analítica del lenguaje jurídico en textos como Directivs and Norms (1968). Aunque el cientificismo de Ross ha sido superado por el retorno de la razón práctica, su obra permite comprender, acaso como la de ningún otro autor del XX, la evolución del discurso jurídico del positivismo occidental.
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