Autor
Palabras clave
Acción Exterior, Artículo 47 TUE, Coherencia, Interacción entre pilares, Política de Cooperación al Desarrollo, Política Exterior y de Seguridad Común.
Resumen
El Tribunal de Justicia de las CE ha tenido ocasión de pronunciarse en un breve lapso de tiempo sobre dos litigios interinstitucionales a propósito de medidas o actuaciones de la UE que se situaban a caballo entre las políticas de desarrollo y seguridad. Al margen de permitirle afianzar una concepción abierta y dinámica de la política comunitaria de cooperación al desarrollo, estas sentencias, sobre cuyo estudio se centra la primera parte de este trabajo, constituyen una nueva manifestación de las tensiones que genera la estructura en pilares de la Unión, especialmente cuando ha de proyectarse hacia el exterior, y de las dificultades que comporta en términos de coherencia a la hora de hacer frente a escenarios complejos.
Pero más allá del interés que presenta el análisis de la interacción entre desarrollo y seguridad, estos asuntos invitan a reflexionar también sobre cuestiones de mayor calado constitucional, como la interpretación del artículo 47 del TUE, sobre la que el TJCE se ve obligado a pronunciarse por primera vez en relación con la PESC en uno de estos casos. Cuestiones a las que está dedicada la segunda parte del trabajo y que afectan a la configuración misma de la acción exterior de la UE, tanto en su formato actual como en el venidero tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, cuyas aportaciones en este terreno no supondrán ni mucho menos un cambio de modelo.
Pero más allá del interés que presenta el análisis de la interacción entre desarrollo y seguridad, estos asuntos invitan a reflexionar también sobre cuestiones de mayor calado constitucional, como la interpretación del artículo 47 del TUE, sobre la que el TJCE se ve obligado a pronunciarse por primera vez en relación con la PESC en uno de estos casos. Cuestiones a las que está dedicada la segunda parte del trabajo y que afectan a la configuración misma de la acción exterior de la UE, tanto en su formato actual como en el venidero tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, cuyas aportaciones en este terreno no supondrán ni mucho menos un cambio de modelo.
Keywords
External Action, Article 47 TEU, Coherence, Inter-pillar issues, Development Cooperation Policy, Common Foreign and Security Policy.
Abstract
In a brief span of time, the European Court of Justice has had the opportunity to make Judgements in two inter-institutional lawsuits involving EU measures or actions that come halfway between development policy and security policy. Besides allowing the EU to strengthen an open and dynamic conception of the community policy of cooperation for development, these judgements, which the first part of the study deals with, are a new manifestation of the tensions generated by the pillar structure of the EU, especially in its foreign affairs, and of the difficulty this entails in terms of consistency when facing complex scenarios.
But beyond the interest of analysing the interaction between development and security, these matters also invite reflection on deeper constitutional issues, such as the interpretation of article 47 of the Treaty of the European Union, in relation to which the European Court of Justice had to pronounce for the first time regarding the CFSP in one of these cases. In the second part of the paper we deal with these issues, which affect the actual configuration of the EU’s external action, both in is current format and future format after the Treaty of Lisbon goes into effect, which will not contribute in any way to a change in the model.
But beyond the interest of analysing the interaction between development and security, these matters also invite reflection on deeper constitutional issues, such as the interpretation of article 47 of the Treaty of the European Union, in relation to which the European Court of Justice had to pronounce for the first time regarding the CFSP in one of these cases. In the second part of the paper we deal with these issues, which affect the actual configuration of the EU’s external action, both in is current format and future format after the Treaty of Lisbon goes into effect, which will not contribute in any way to a change in the model.