Autor
Palabras clave
Derecho internacional privado
Daños a los derechos de la personalidad
Reglamento Roma II sobre la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales
Derecho de rectificación
Derecho a la información
Libertad de expresión
Resumen
Las intromisiones ilegítimas en los derechos de la personalidad y, en particular, el derecho a la intimidad, al honor y a la propia imagen, fueron excluidas del ámbito de aplicación material del Reglamento Roma II sobre la ley aplicable a las obligaciones extracontractuales, lo que nos ha situado en una posición poco deseable, desde el punto de vista del Derecho Internacional Privado, que favorece claramente el forum shopping. En este trabajo, se defiende la formulación de una norma de conflicto especial única para todos los Estados miembros, basada en el criterio de conexión residencia habitual del presunto responsable del daño. Esta solución favorece la previsibilidad y la certeza tanto para los medios de comunicación, como para cualquier particular que quiera revelar un hecho o manifestar una opinión. Además, es la más compatible con un ejercicio razonable de la labor de los medios de comunicación, que no tendrían que someter el ejercicio su actividad a una multiplicidad de estándares de protección de los derechos de la personalidad en función de la residencia habitual de la víctima. Se trata además de un punto de conexión que enlaza con la lógica del Estado de origen. En los casos en que esta conexión no resultase operativa se podría acudir a la regla de los vínculos más estrechos. Del mismo modo, esta regla podría operar como cláusula de escape.
Keywords
Private International Law; Damage to personality rights; Rome II Regulation on the law applicable to non-contractual obligations; Right to reply; Right to information; Freedom of speech
Abstract
Infringement of the rights relating to personality and, in particular, of the rights to privacy, honor and reputation, were excluded from the material scope of application of the Rome II Regulation on the law applicable to non-contractual obligations. From the point of view of Private International Law, this exclusion leads to an undesirable situation, which clearly favors forum shopping. This article supports the development of a special conflict of laws rule for all the Member States based on the connecting factor of habitual residence of the suspected of the damage. This solution promotes predictability and certainty for both the media and for any individual who wishes to reveal a fact or express an opinion. Furthermore, it is the most compatible with a reasonable exercise of the work of the media. This is also a connection factor that is linked with the logic of the state of origin. In cases where this connecting factor doesn´t operate in a satisfactory way we could attend the rule of the closer links. Similarly, this rule could work as an escape clause.