Libertad de expresión, odio y redes sociales: las opciones del legislador democrático español

Palabras clave
Libertad de expresión
odio
redes sociales.
Resumen
La libertad de expresión y sus límites han adquirido nuevas dimensiones en la era digital. Resulta evidente que se ha ampliado el campo de acción de la libertad de expresión a través del uso de internet. Sin embargo, las ventajas de este medio van acompañadas de una serie de riesgos. Contenidos difamatorios, odiosos o violentos pueden difundirse como nunca antes por todo el mundo en cuestión de segundos y hacerse bajo la impunidad del anonimato. Esta nueva realidad ha tenido un doble efecto.

Por una parte, las instituciones públicas intentan poner límites a las expresiones de odio en las redes. A este respecto se plantea si una ley puede exigir responsabilidades a las plataformas de internet por el discurso de odio vertido por terceros o cuándo puede exigirse a esas plataformas que retiren el contenido y exigirles responsabilidad en caso de no hacerlo.

Por otra parte, las grandes plataformas de internet (Twitter —ahora X—, Facebook, Instagram o Google) se han erigido en las controladoras de esas expresiones de odio creando sus propias normas para controlar el contenido que circula en ellas. A este respecto las cuestiones que se plantean es si son las plataformas digitales libres a la hora de moderar sus contenidos y la eficacia mediata o inmediata que tiene el derecho a la libertad de expresión de los usuarios respecto a estas plataformas.

Se trata de dos cuestiones complejas que exigen respuestas coherentes para ambas. Sin existir todavía en España un marco jurídico definido para estas cuestiones, en este trabajo abordaremos las posibilidades que tiene el legislador democrático español a partir de un análisis de la normativa y la jurisprudencia que sobre estas dos cuestiones se han desarrollado tanto en Estados Unidos como en la Unión Europea.
Keywords
Freedom of expression; hate; social networks.
Abstract
Freedom of expression and its limits have taken on new dimensions in the digital age. It is evident that the scope of freedom of expression has expanded through the use of the Internet. However, the advantages of this medium are accompanied by a series of risks. Defamatory, hateful or violent content can be spread like never before around the world in a matter of seconds and done so with impunity and anonymity. This new reality has had a double effect.

On the one hand, public institutions try to put limits on expressions of hate on the networks. In this regard, the question arises whether a law can hold Internet platforms accountable for hate speech expressed by third people or when these platforms can be required to remove the content and held accountable if they do not do so.

On the other hand, the large Internet platforms have become the controllers of these expressions of hate, creating their own rules to control the content that circulates on them. In this regard, the question that arises is whether digital platforms are free when it comes to moderating their content and the mediate or immediate effectiveness of the right to freedom of expression of users with respect to these platforms.

These are two complex questions that require coherent answers for both. Without a defined legal framework for these issues still existing in Spain, in this work we will address the possibilities that the Spanish democratic legislator has based on an analysis of the regulations and jurisprudence that have been developed on these two issues both in the United States and in the European Unión.