La admisión en el Máster requiere estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior perteneciente al Espacio Europeo de Educación Superior (EEES) que faculten, en el país expedidor del título, para el acceso a enseñanzas de Máster Universitario. Podrán ser admitidos titulados/as conforme a sistemas educativos ajenos al EEES sin necesidad de homologación de sus títulos, previa acreditación de un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que faculten en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de posgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
En el proceso de admisión se valorará:
- Titulación académica de origen. Se valorarán con carácter preferente las titulaciones en Derecho y Ciencia Política, Historia, Ciencias de la Información y similares.
- Expediente académico. Se tomará en cuenta la nota media del expediente académico.
- Los méritos curriculares del candidato.
- Valoraciones expresadas sobre el candidato en las cartas de presentación. Se tomarán en cuenta aquellas cualidades que hagan posible un óptimo aprovechamiento del aprendizaje.
- Escrito de motivación justificando la elección del programa. Se valorará la adecuación de los estudios del Máster Universitario en Derecho Constitucional al desarrollo de la carrera profesional o investigadora del candidato.
- Conocimiento de inglés. Es recomendable un buen conocimiento de esta lengua que haga posible seguir con aprovechamiento el contenido de los seminarios que se imparten en inglés. Para demostrar el conocimiento del idioma, los alumnos deberán acreditar un nivel B2 del marco Común de Referencia del idioma.