Autor
Palabras clave
Tribunal Constitucional
Tribunal Europeo de Derechos Humanos
admisión del recurso de amparo
especial trascendencia constitucional
buena administración de justicia
Resumen
En el Asunto Arribas Antón vs. España, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos no encuentra violación del art. 6.1. Convenio Europeo de Derechos Humanos ni del art. 13 Convenio Europeo de Derechos Humanos por parte de la Ley Orgánica 6/2007, de 24 de mayo que introduce el nuevo trámite de admisión del recurso de amparo, ni de la interpretación y aplicación llevada a cabo por el Tribunal Constitucional del requisito esencial de este nuevo trámite de admisión, la especial trascendencia constitucional. Sin embargo, sí realiza un apercibimiento velado al Tribunal Constitucional por no estar satisfaciendo el principio de buena administración de justicia en la aplicación de su propia doctrina constitucional, que se demuestra con un minucioso análisis de su jurisprudencia.
Keywords
Constitutitional Court; European Court of Human Rights; admission of recurso de amparo; special constitutional importance; fair administration of justice
Abstract
In the Case Arribas Antón vs. Spain, the ECtHR finds no violation of art. 6.1 ECHR nor of art. 13 ECHR by both the Organic Law 6/2007 that introduces the new admission process of the recurso de amparo, and the interpretation or the application by the Spanish Constitutional Court of the essential requirement «the special constitutional importance». However it makes a veiled warning to the Spanish Constitutional Court not to be satisfying the principle of fair administration of justice in the application of its own constitutional doctrine, which is demonstrated by a detailed analysis of its case law.