Innovaciones del mandato de la agencia de los derechos fundamentales de la Unión Europea

Palabras clave
Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (FRA)
Derecho de la Unión
agencias descentralizadas
cooperación
control
prevención
Democracia
Estado de Derecho
derechos humanos.
Resumen
La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (en adelante la FRA, en sus siglas eninglés) promociona los derechos fundamentales con datos e investigaciones, asesora y ayuda a las instituciones de la UE y a los Estados miembros, cuando apliquen el Derecho de la Unión, al mismo tiempo que favorece campañas de comunicación y sensibilización. Desde su creación por el Reglamento (CE) nº 168/2007 del Consejo (en adelante el Reglamento fundacional), la FRA aborda problemas muy diversos en sus informes, conclusiones, dictámenes y opiniones que afectan a los derechos de los niños, el antisemitismo, la no discriminación y la igualdad, la violencia de género, la situación de los gitanos, los delitos de odio, los derechos de los migrantes o la inteligencia artificial, entre otros muchos. El nuevo Reglamento (UE) nº 2022/555 del Consejo, incorpora las modificaciones propuestas por la Comisión Europea en 2020 con el objeto de mejorar la eficiencia, pertinencia y gobernanza dela FRA. La necesidad de acomodar el ámbito de competencias de la FRA al Derecho de la Unión y de adaptar sus procedimientos a los estandarizados para el resto de las agencias de la UE fueron las razones que condujeron a introducir modificaciones técnico jurídicas específicas en el Reglamento fundacional. Mi propósito aquí es analizar si tales innovaciones son las requeridas para lograr un mecanismo eficaz y eficiente con el fin de afrontar con agilidad y habilidad las nuevas demandas contemporáneas en el ámbito de los derechos fundamentales.
Keywords
European Union Agency for Fundamental Rights (FRA); Union law; decentralized;agencies; cooperation; control; prevention; democracy; Rule of Law; human rights.
Abstract
The European Union Agency for Fundamental Rights (hereinafter FRA) promotes fundamental rights with data and research, advises and helps the EU institutions and Member States, when they apply Union Law, while favoring communication and awareness campaigns. Since its creation by Council Regulation (EC) No 168/2007, the FRA addresses a wide variety of issues in its reports, conclusions and opinions that affect children’s rights, anti-Semitism, non-discrimination and equality, gender violence, the situation of the gypsies, hate crimes, the rights of migrants or artificial intelligence, among many others. The new Regulation (EU) No 2022/555 of the Council incorporates the modifications proposed by the European Commission in 2020 with the purpose of improving the efficiency, relevance and governance of the FRA. The need to accommodate the scope of the FRA’s competences to Union law and to adapt its procedures to those standardized for the rest of the EU agencies were the reasons that led to the introduction of specific technical-legal modifications in the founding Regulation. The purpose of this article is to analyze whether suchinnovations are suited to achieve an effective and efficient mechanism required to provide the FRA with the adequate agility and skill to respond to the contemporary challenges in the field of fundamental rights.